Quiero exponer el caso que se está presentando con la interventoría, y elevar a ustedes una consulta con respecto a la cuantificación del peso de la estructura metálica y el pago de la misma.
Haciendo referencia a la NTC 5832, capítulo 8.9 “Cálculo del peso de la estructura”, se especifica:
En 8.9.3, que “los pesos de los perfiles, placas, barras, tubos y pernos se calculan con base en los planos de taller que muestran las cantidades y dimensiones reales del material”; aquí se incluyen los pernos de conexión
En 8.9.3 b), que “el peso de las placas se calcula usando las dimensiones del rectángulo mínimo que incluya la placa”, sin descontar las perforaciones ni destijeres.
En 8.9.4 que las listas obtenidas de los planos de taller se deben incrementar en 3% por concepto de soldadura.